La ley Nº 19480 de 29 de diciembre de 2016 ha creado un Registro a cargo del Banco de Previsión Social de todas aquéllas personas que se encuentren obligadas al pago de pensiones alimenticias decretadas u homologadas judicialmente en favor de niños, niñas, adolescentes, jóvenes mayores de dieciocho años y menores de veintiuno que no dispongan de medios de vida propios y personas mayores de edad incapaces.
El objetivo de dicha norma es asegurar el cumplimiento de la obligación alimentaria, para lo cual establece que la Sede Judicial actuante efectúe una comunicación mediante oficio cuyo contenido establece expresamente en el artículo 4º.
El B.P.S. además de mantener el Registro actualizado, deberá comunicar fehacientemente a los empleadores y entidades públicas o privadas en las que el obligado alimentario esté registrado como dependiente, titular o socio, la orden judicial de retención, extremo del que dará cuenta a la Sede competente en un plazo máximo de cinco días hábiles.
Finalmente prevé que la solicitud de baja del registro ante el B.P.S. es una carga del obligado alimentario, por lo que correrá por cuenta de éste tramitarla cuando cesen los supuestos que dieron lugar a la inclusión en el mismo.
Nayibe Isi
Abogada
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Hola una pregunta yo queria saber xq el papa d mis 3 hijios esta precio y el esta trabajando hace 7 años q esta precio como ago para poder cobrar la plata q le corepondes a los nenes
para responder su consulta necesitamos más información
le agradezco se comunique al estudio en horario de 09.00 a 19.00 o al 094 44 19 20
Hola es la primera vez que me comunico x acá solo una pregunta si hace años e echo de todo pa la retención de mis hijos .cundo mi ex les pasó en 11años nose si un año capas de pencion de eyos y como tava en seguro ase poco me.pasava 3000que devo hacer si se fue y no tiene travjo quedaron de sacarle al abuelo y jamás lo hicieron me hurje gracias
Hola buenas tardes mi sonsulta es tengo un hijo el cual cobro retención hasta el 2012 y después hasta junio del 2022 nunca más apareció un aporte mi consulta es bps debió aserse cargo o todos esos años sin aporte son una burla ? Xq no se le encontró aporte capas ala otra parte ? O entendí mal tu nota donde dice q bps debe Acer algo? Gracias