Conducción bajo efectos del alcohol o estupefacientes.
El artículo 45 de la Ley No. 18.191 establece que todo conductor estará inhabilitado de conducir cualquier tipo de vehículo, léase, automóvil, camión, autobús, motocicleta, cuando la concentración de alcohol en sangre supere el límite permitido por la reglamentación, el cual en la actualidad se ubica en el 0,0 g de alcohol por litro en [...]