LEY DE URGENTE CONSIDERACIÓN. texto completo
LEY DE URGENTE CONSIDERACIÓN SECCIÓN I SEGURIDAD PÚBLICA CAPÍTULO I NORMAS PENALES Artículo 1º. (Legítima defensa).- Sustitúyese el artículo 26 del Código Penal, por el siguiente: "ARTÍCULO 26. (Legítima defensa).- Se halla exento de responsabilidad el que obra en defensa de su persona o derechos, o de la persona o derechos de otro, siempre [...]