La reforma del Código del Proceso Penal

En el año 2017 publicamos un artículo sobre la reforma del Código del Proceso Penal  poniendo a disposición de nuestros lectores el Anteproyecto de Ley y la exposición de motivos.

El Fiscal General envió un mensaje y proyecto de ley al Poder Ejecutivo donde se proponen modificaciones al Código del Proceso Penal y otras leyes a efectos de ajustar la normativa previamente a la entrada en vigencia del proceso acusatorio prevista para el 16 de julio próximo.

Ver: Anteproyecto de Ley

Ver: Exposición de Motivos

El anteproyecto fue aprobado por Ley LEY N° 19.293 de 19 de diciembre de 2014, entrando en vigencia a partir del 1º de noviembre de 2017.

Los cambios en el sistema procesal penal en Uruguay: Del sistema inquisitivo al modelo acusatorio, oral y público

La reforma del proceso penal en Uruguay, vigente desde el 1° de noviembre de 2017, marcó un giro histórico: se abandonó el sistema inquisitivo y se adoptó un modelo acusatorio, oral y público.

Este cambio busca mayor transparencia, eficiencia y garantías para todas las partes involucradas.
Principales características del nuevo sistema penal

Sistema acusatorio, oral y público

Los juicios ahora se desarrollan en audiencias públicas, grabadas y basadas en la oralidad. Se fortalece el principio de contradicción y se garantiza el acceso ciudadano al proceso.

Rol del Ministerio Público (Fiscalía)

La Fiscalía dirige la investigación penal, solicita medidas cautelares, acusa o sobresee. Se convierte en el motor del proceso penal, con autonomía funcional.

Separación de funciones

Los jueces se dedican exclusivamente a juzgar. Los fiscales investigan y los policías actúan como auxiliares de la Fiscalía, consolidando un sistema de roles definidos.

Garantías para las víctimas

Las víctimas pueden participar activamente en el proceso, proponer pruebas y oponerse al archivo de la causa. Se refuerza su rol como sujeto procesal.

Plazos de investigación

Se establece un límite de un año para la investigación desde su formalización, promoviendo celeridad y previsibilidad.

Prisión preventiva

Se reorganizan los requisitos para su aplicación. En ciertos casos, se elimina la posibilidad de libertad condicional, priorizando la seguridad pública.

Sistema de audiencias

Un juez dirige las audiencias preliminares y otro el juicio oral, asegurando imparcialidad y objetividad en la resolución.

Los cambios al proyecto original

La Ley 19.293  fue objeto de modificaciones antes y despues de su entrada en vigencia el  1° de noviembre de 2017.

Publicamos otros artículos, entre ellos el  Proyecto de Reforma  del Colegio de Abogados del Uruguay, las reformas introducidas por la Ley de Urgente Consideración,  por lo que hoy nos ponemos al día  para porner a disposición de nuestros lectores el proyecto de ley y lo que quedó de él.

Cada uno sacará sus propias conclusiones.

La reforma del Código del Proceso Penal

LAS REFORMAS AL PROYECTO DE LEY

Reformas anteriores a la entrada en viegencia de la Ley 19.293

• N° 19.474 de 30/01/2017
• N° 19.478 de 10/02/2017
• N° 19.529 de 24/08/2017
• N° 19.530 de 25/08/2017
• N° 19.549 de 25/10/2017
• N° 19.554 de 31/10/2017

Reformas posteriores a la entrada en viegencia de la Ley 19.293

• N° 19.574 de 20/12/2017
• N° 19.653 de 17/08/2018
• N° 19.670 de 15/10/2018 (LUC)
• N° 19.707 de 19/11/2018
• N° 19.749 de 08/05/2019
• N° 19.889 de 09/07/2020
• N° 20.212 de 06/11/2023

La reforma del Código del Proceso Penal

Leyes Complementarias

• N° 18.026 de 20/10/2006
• N° 18.719 de 18/09/2010

A modo de conclusión.

Con todas estas modificaciones el código perdió su escencia.

En su aplicación, el nuevo Código del Proceso Penal da lugar a mas dudas que certezas.

Esta situación ha generado numerosas publicaciones que explican y analizan las disposiciones del código y la jurisprudencia de los Tribunales de Apelaciones en lo Penal que se pueden consultar en el catálogo de  Fundación de Cultura Universitaria.

¿Que nos espera?

Despues de tantas enmiendas, la respuesta es obvia,  se viene otra reforma al Código del Proceso Penal por iniciativa del gobierno que asumió en 1º de marzo de 2005.

Actualmente, el  Poder Ejecutivo designó un grupo asesor técnico, dirigido por el  Dr. Jorge Díaz Almeida, ex Fiscal General y actual Prosecretario de la Presidencia de la República, para realizar una «revisión integral del Código del Proceso Penal« buscando «lograr consensos» para elaborar un anteproyecto de ley.

Entonces, todo vuelve a comenzar, por lo que, en su debido momento, publicaremos el nuevo proyecto y veremos que tal funciona y cuanto demoran en modificarlo.

La reforma del Código del Proceso Penal

 

Actualizado el 2/11/2025 por Carlos Bustamante Barrios.

Compartir