Ley de cuidados paliativos

Hace poco menos de un mes, con los votos de todos los partidos se discutió y aprobó en la cámara alta el proyecto de ley sobre cuidados paliativos, que ya contaba con la aprobación de Diputados desde el 2021. *

Este proyecto fue impulsado por la Sociedad de Medicina y Cuidados Paliativos y recibió el respaldo del Sindicato Médico del Uruguay, la Federación Médica del Interior, la Sociedad del Psiquiatra, el Colegio Médico del Uruguay, la Cátedra de Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Facultad de Medicina de la UDELAR y la Universidad de Montevideo.

Según publicación del Parlamento la nueva Ley 20.179, del 8 de agosto de 2023 «declara el derecho universal a recibir atención de cuidados paliativos a todas las personas que padecen enfermedades graves, progresivas y avanzadas, con escasa o nula respuesta a tratamientos específicos, que presentan múltiples síntomas severos, cambiantes en el tiempo que impactan en la autonomía y en la calidad de vida por la carga sintomática o psicológica, discapacidad o dependencia que generan, y limitan su pronóstico vital.»

¿Qué son los cuidados paliativos?

Son cuidados que ayudan a las personas con enfermedades graves, con escasa o nula respuesta a tratamientos específicos, previniendo los efectos secundarios.

Pueden brindarse al mismo tiempo que los tratamientos que corresponden a la enfermedad.
Estos cuidados se le pueden ofrecer a personas con enfermedades como cáncer, enfermedades pulmonares, cardíacas, demencia, esclerosis, entre otras.

¿Qué plantea esta ley?

Esta ley declara a los cuidados paliativos como derecho universal.

¿Cuáles son sus objetivos?

– Garantizar los cuidados paliativos a todas las personas con enfermedades como las mencionadas anteriormente, abarcando las dimensiones físicas, psicológicas y sociales.
– Disminuir el sufrimiento de las personas mediante el adecuado control del dolor y los síntomas.
– Promover el bienestar de familiares, incluyendo la atención al duelo.
– Contemplar el derecho a la información que permita al paciente tener autonomía a la hora de tomar decisiones.
– Asegurar la difusión de los cuidados paliativos, disponiendo de información y brindando una atención accesible.
Esta propuesta fue votada tal cual la envió la cámara baja, en principio no se plantearon modificaciones con el fin de “agilizar” la iniciativa.

Esto no quita que más adelante se puedan presentar cambios.

El artículo 10  establece que el Poder Ejecutivo contará con el plazo de 180 días,  para reglamentar las disposiciones de la Ley de Cuidados Paliativos

*  ver text0 de la Ley 20.179

Lic. Kimberly Siré.