El 14 de setiembre de 2018 se arribó a un convenio colectivo en el Grupo 9 Sub Grupo 01 de los Consejos de Salarios correspondiente a la Industria de la Construcción y Actividades complementarias.
VIGENCIA y ÁMBITO DE APLICACIÓN
El convenio tendrá vigencia entre el 1 de agosto de 2018 y el 30 de abril de 2020 y se aplicará a todos los trabajadores del sector excepto los que ocupen cargos gerenciales, profesionales, directores o jefes de áreas generales.
PARTIDA EXTRAORDINARIA
Como novedad podemos destacar la creación de una partida extraordinaria equivalente $ 4.773,79 por el período que va desde el 1 de agosto de 2018 al 30 de junio de 2019.
FORMA DE CÁLCULO
La misma se calcula tomando la suma de $ 433,98 por cada mes de trabajo dentro del período mencionado en el que se haya cumplido por lo menos una jornada de trabajo.
OPORTUNIDAD DEL PAGO
El pago se efectuará dentro de los primeros quince días del mes de julio de 2019 a todos los trabajadores jornaleros que hayan prestado servicios en la empresa.
TRABAJADORES DESVINCULADOS
Los operarios que fueran desvinculados en dicho período tendrán derecho a cobrar la suma de $ 433,98 por cada mes en el que hayan computado por lo menos una jornada de trabajo.
El pago se realizará junto con la liquidación por egreso.
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