Este artículo presenta un resumen completo de los feriados en Uruguay: Nacionales y especiales.

Los días feriados pueden clasificarse por varios criterios: generales o especiales; laborables, no laborables;  fijos,o móviles,; pagos y no remunerados.

Incluímos tambien los feriados especiales por rama de actividad, y los feriados locales o extraordinarios.

Definición

Los días feriados en Uruguay son aquellos días del año, fijados por ley o por Convenios Colectivos de Trabajo, para conmemorar festividades o acontecimientos históricos.

En principio no existe prohibición de trabajar en los días feriados, previéndose una remuneración extraordinaria cunado se trabaja en los mismos.

Pueden clasificarse en primer lugar como generales o especiales – ordinarios o extraordinarios.

Según la remuneración en pagos o simples; según la obligación de trabajar en laborables o no laborables, y según su movilidad en móviles o fijos.

Feriados Nacionales Ordinarios No Laborables

Estos días son feriados pagos:  no se trabajan y si se trabaja, se paga doble:

– 1 de enero – Año Nuevo

– 1 de mayo – Día de los Trabajadores

– 18 de julio – Jura de la Constitución

– 25 de agosto – Declaratoria de la Independencia

– 25 de diciembre – Día de la Familia o Navidad

Feriados Nacionales Especiales No Laborables y pagos

– 1 de marzo – Asunción presidencial (cada 5 años)

– Día en que se realiza el Censo de Población y Vivienda

Feriados Nacionales Laborables

Se trabaja normalmente, salvo decisión del empleador:

– 6 de enero – Día de los Niños o Día Reyes

– Carnaval

–  Semana Santa o de Turismo

– 18 de mayo – Batalla de las Piedras

– 19 de abril – Desembarco de los 33 Orientales

– 19 de junio – Natalicio de Artigas

– 12 de octubre – Día de la Raza

– 2 de noviembre – Día de los Difuntos

Feriados Fijos

No cambian de fecha, independientemente del día de la semana.

Feriados Móviles

Se trasladan según las leyes 16.805 y 17.414:

– Si cae sábado, domingo o lunes → se celebra ese día.

– Martes o miércoles → se traslada al lunes anterior.

– Jueves o viernes → se traslada al lunes siguiente.

Los feriados móviles son:

– 19 de abril – Desembarco de los 33 Orientales

– 18 de mayo – Batalla de Las Piedras

– 12 de octubre – Día de la Raza / Día de las Américas

Feriados Especiales por Rama de Actividad

Establecidos por convenios colectivos y aplican solo a ciertos sectores:

Construcción

– Tercer lunes de octubre – Día de la Construcción

– 2 de noviembre – feriado pago no laborable.

Empresas de Limpieza

– 21 de junio – Día del Trabajador de Limpieza

Servicios Financieros

– 26 de agosto – Feriado especial

Trabajo doméstico

– 19 de agosto – día del Trabajador doméstico.

Comercio en General

– 18 de diciembre – Día del Empleado de Comercio

Periodismo Medios de Comunicación Ley 16.154

– 23 de octubre – Día del Periodista y del Trabajador de los Medios de Comunicación.

Pesca

– 2 de enero – Día del Pescador

Rural

– 30 de abril – Día del Trabajador Rural

Medios de Comunicación

– 23 de octubre – Día del Periodista y del Trabajador de Medios

Industria Aceitera

– 25 de octubre – Día del Trabajador Aceitero

Laboratorios

– Fecha variable – Día del Trabajador de Laboratorios

Salud Privada

– 21 de septiembre – Día del Trabajador de la Salud Privada

Logística y Transporte

– Fecha variable – Día del Camionero (según subgrupo)

Otros Feriados.

También existen los feriados excepcionales, departamentales,  locales o especiales.

A modo de ejemplo el 17 de agosto de 2020 fue feriado local, pago y no laborable en conmemoración del 1001 aniversario de la fundación de Minas de Corrales.

Última actualización: 01/11/2025

Fuente: Convenios colectivos, leyes laborales y normativa vigente en Uruguay.

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