Ponemos a disposición de nuestros lectores las últimas actuaciones realizadas en el expediente caratulado UNIVERSINDO RODRIGUEZ DIAZ, LILIAN CELIBERTI ROSAS. DENUNCIA  Ficha 88-36/1984, que actualmente se tramita ante el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Penal de 27º Turno a cargo de la Dra. Silvia Urioste Torres con intervención del Fiscal Letrado Nacional Especializado en Crímenes de Lesa Humanidad.

Destacamos el escrito presentado por la defensa de los indagados y  la contestación del fiscal que, en lugar de rebatir los argumentos de la defensa, se dedica a criticar su actuación, soslayando abordar varios de los puntos planteados y toda referencia a las omisiones constatadas en el trámite del  expediente; entre otras, el extravío de un pendrive con infromación sobre expedientes de la Justicia Militar y las omisiones de la Dra. Tórtora en proveer la prueba solicitada tanto por la defensa como por el Fiscal Especializado en Crímenes de Lesa Humanidad.

El fiscal tampoco aborda el juego de las Leyes 15.848  de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado y la Ley 18.831,  ya que los recursos de incostituicionalidad promovidos contra las mismas tuvieron suerte diferente.  El primero, contra la Ley 15.848 fue desestimado, mientras que los artículos 2 y 3 de la Ley 18.381 fueron declarados incostitucionales por la Suprema Corte de Justicia.

Tampoco analiza la intervención del Sr. Juez Letrado de Menores de la época, el Dr. Nelson Nicoliello – que dispuso la entrega de los menores a sus abuelos maternos – ni la del Juez Militar  que era competente por mandato de la Ley 14.068 de Seguridad del Estado.

El escrito de la defensa recorre 38 años de trámite de la denuncia por la que pasaron varios jueces y fiscales hasta la creación del Fiscal Especializado en Crímenes de Lesa Humanidad con compentencia para el pasado reciente.

1. NOT_547_262_2022 DECRETO 184 2022

2 NOT_547_348_2022 DECRETO 238 2022

3. NOT_547_369_2022

4. DEFENSA EVACUA TRASLADO DE LAS ACUSACIÓNES

5. NOT_547_432_2022

6. VISTA FISCAL ESPECIALIZADO EN CRÍMENES DE LESA HUMANIDAD

7. NOT_547_495_2022 AUTOS PARA RESOLUCIÓN