Estafas Bancarias en Uruguay: ¿Quién debe responder por los daños?
Recibimos reiteradas consultas por ciberdelitos y Estafas Bancarias en Uruguay y la pregunta sobre ¿Quién debe responder por los daños?
La ciberdelincuencia ha dejado de ser una amenaza lejana para convertirse en una realidad cotidiana en el sistema financiero uruguayo. Recientemente, un caso que involucra a casi un centenar de clientes del Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU) ha puesto sobre la mesa un debate jurídico fundamental: la responsabilidad de las instituciones financieras frente a las estafas electrónicas.
En este artículo, analizaremos el giro judicial de este caso y qué implicancias tendrá para los clientes y para el derecho bancario en nuestro país.
El origen del conflicto
Un grupo de 93 personas presentó una demanda contra el BROU tras ser víctimas de maniobras fraudulentas que incluyeron phishing, malware y transferencias no autorizadas. Los demandantes sostienen que el banco es responsable por fallas en la seguridad de sus sistemas y por una deficiente custodia de los fondos.
El reclamo total asciende a una cifra superior a los US$ 400.000 (sumando dólares y pesos uruguayos) producto de ahorros sustraídos y préstamos gestionados fraudulentamente a nombre de los clientes.
El deber de seguridad del Banco
En primera instancia, el Juez Alejandro Recarey falló a favor de los consumidores. Su sentencia se basó en conceptos clave de la Ley 17.250 (Ley de Relaciones de Consumo):
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Vulnerabilidad del consumidor: Existe una distancia técnica insalvable entre el ciudadano común y los sistemas informáticos bancarios.
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Obligación de resultado: El banco tiene el deber profesional de custodiar el dinero de sus clientes.
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Riesgo provecho: Quien introduce una tecnología para su beneficio económico (la banca online) debe asumir los riesgos que esta genera.
Tribunal de Apelaciones
Sin embargo, en segunda instancia, el Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 2º Turno revocó esta sentencia. Los ministros entendieron que el banco no es responsable cuando el ataque no se dirige contra sus sistemas centrales, sino contra el dispositivo o la voluntad del cliente (engaño).
El Tribunal argumentó:
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El hecho de que el cliente caiga en una maniobra de phishing (entrega de claves en sitios falsos) puede considerarse un acto de un tercero que «desplaza la responsabilidad» de la institución.
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En este caso concreto, también hubo un factor procesal determinante: solo 15 de los 93 demandantes asistieron a la audiencia preliminar, por lo que el tribunal solo analizó el fondo de esos casos específicos.
La última palabra la tiene la SCJ
La batalla legal no ha terminado. Los damnificados han interpuesto un recurso de casación ante la Suprema Corte de Justicia.
Los argumentos de la defensa de los clientes se centran en que el consentimiento fue viciado por maniobras altamente sofisticadas y que el banco permite operaciones de riesgo (como préstamos inmediatos) sin los controles de identidad suficientes.
¿Qué significa esto para los clientes?
Este caso muestra la importancia de contar con asesoramiento legal especializado ante fraudes bancarios. En Uruguay, la jurisprudencia aún está en formación respecto a:
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¿Hasta dónde llega la diligencia exigible al usuario?
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¿Cuándo se considera que el sistema de seguridad del banco fue «vulnerado»?
Nuestras recomendaciones legales ante una estafa:
- No comparta datos: Evite brindar contraseñas, códigos de verificación o datos bancarios, incluso si la persona parece conocida o es uno de sus contactos
- No haga clic en enlaces ni descargue archivos adjuntos de correos o mensajes sospechosos o inesperados
- Evite Wi-Fi públicas: No realice transferencias bancarias ni introduzca contraseñas sensibles en redes de hoteles, restaurantes o cafeterías
- Redes sociales: Limite la información personal que publica, ya que puede usarse para ataques de ingeniería social o adivinar preguntas de seguridad. Por ejemplo «nombre de su mascota»
- Desconfíe de la Urgencia: Los estafadores suelen crear una falsa sensación de urgencia o miedo (cuentas bloqueadas, premios que caducan) para que actúe sin pensar.
- Corrobore la identidad del remitente verificando el correo electrónico o teléfono.
- Denuncia inmediata: Realizar la denuncia policial y dar aviso al banco para bloquear cuentas
- Preservar evidencia: No borrar correos, mensajes de WhatsApp o capturas de pantalla de los sitios falsos
- Asesoramiento profesional: Evaluar la viabilidad de presentar una denuncia penal y luego una demanda civil basada en la responsabilidad objetiva del prestador de servicios
En nuestro estudio seguimos de cerca los avances de la Suprema Corte de Justicia en esta materia para brindar la mejor defensa a los derechos de los consumidores financieros.
ver en la prensa: Damnificados por estafas reclaman tras fallo que revocó una condena al BROU a pagar más de US$ 400.000
ver en nuestro sitio: Ley 20.327 para la prevención y represión de ciberdelitos





Buenas tardes,
Mi señora tiene roblemas con OCA BLUE.. Típica estafa, bajaron la app de OCA y pidieron un préstamo.. OCA dice que su investigación salió desfavorable y se lavan las manos.
Justo vi que ustedes tienen experiencia en casos similares y hago la consulta .Capaz podemos conversar y ver si es posible o si vale la pena hacer algo , como y que puede costar ..
Gracias
099602291